Por Revista Furias
Desde el 25 de noviembre de 1999 se celebra el Día internacional para la erradicación de la violencia contra las mujeres, lesbianas, trans, bisexuales y no-binaries. La fecha elegida conmemora el asesinato de las hermanas Mirabal: Patria, Minerva y María Teresa, llevado a cabo durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo, en República Dominicana. El 25 de noviembre de 1960, durante el transcurso del gobierno de facto, las hermanas fueron encarceladas, torturadas y asesinadas por oponerse al régimen de Trujillo. Este hecho logró gran repercusión en el país, que desencadenó en la destitución del dictador.
Que exista un día internacional creado para erradicar la violencia de género, indica que es un problema mundial al que hay que prestarle especial atención. En nuestro país hay legislación sobre el tema: la Ley 26.485 de “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” define la violencia de género como “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como también la seguridad personal”. Además de determinar los tipos de violencia (psicológica, sexual, económica y física) que afectan a las mujeres también se centra en tratar sus modalidades. Entre ellas podemos encontrar la violencia doméstica, violencia institucional, violencia laboral, violencia contra la libertad reproductiva (aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable), violencia obstétrica y violencia mediática.
Otra medida importante relacionada a la lucha contra la violencia de género, es la que tomó la Cámara de Diputades al aprobar por unanimidad una norma que agrava la pena por femicidio de una mujer o persona trans cuando esté motivado por su condición de género. El día 14 de noviembre de 2012 se aprobó la incorporación de la figura de Femicidio al Código Penal modificándose el Art. 80 del C.P. para incorporar la violencia de género como agravante en el delito de homicidio, previendo penas de reclusión perpetua o prisión perpetua a cónyuge, ex cónyuge, relación de pareja pasada o presente, ascendiente, descendiente, mediare o no convivencia y se descarta la utilización de atenuantes cuando se tengan antecedentes por violencia.
La Ley amplía el alcance del delito porque condena a quien cometa un homicidio “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación”, conocido como “femicidio vinculado”, por ejemplo en los casos donde se mata al hije de su ex pareja, como venganza contra ella. Durante el año 2020 según cifras del Observatorio Ahora que si nos ven, se cometieron 265 femicidios entre el 1 de enero al 20 de noviembre de 2020, por eso la importancia de deferenciarlo con el homicidio para cargarlo de un valor político, que exponga el componente sexista o misógino de los crímenes que de otra forma son enmascarados dentro del concepto de asesinato o crimen pasional. En la ley se define al femicidio como “un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género” e incluye como causales “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”. Cuando hay quienes se preguntan por qué es violencia de género, las cifras hablan, 61 víctimas habían realizado una denuncia o tenían medidas judiciales de protección. Los datos arrojan que las violencias permanecen dentro del ámbito privado: El 64,5% de los femicidios ocurrió en la vivienda de la víctima y el 63,8% de los femicidios fueron cometidos por las parejas o ex parejas de las víctimas.
El la sentencia del juicio por su asesinato de Diana Sacayan se reconoció por primera vez la figura de travesticidio, fue un fallo histórico digno de su militancia.
Un tipo de violencia que no entró en las estadísticas es la violencia simbólica que en los últimos tiempos tomó gran relevancia mediática y sirvió para concientizar sobre una violencia que estaba invisibilizada por el hecho de estar naturalizada, problema que también afecta fuertemente a la violencia psicológica. ¿Qué se entiende por violencia psicológica? Su manifestación más visible es el insulto verbal, pero hay expresiones que no son tan obvias a la mirada ajena y que al no dejar rastros tangibles son mucho más difíciles de visibilizar. Pero la violencia puede ser una mirada, un silencio, la indiferencia, todo lo que tiene que ver con el control, con la manipulación emocional, con crear culpas, con socavar la autoestima, con ridiculizar las creencia, entre muchas otras acciones. La violencia psicológica actúa anulando a la otra persona, y éste es un modo de vincularse que se aprende y se reproduce.
Hoy en día, la República Dominicana, está considerada por organismos internacionales uno de los países con mayor número de femicidios en América latina y el Caribe. Esto se vuelve un claro ejemplo de que aunque hayan finalizado las dictaduras fascistas en nuestra América, el patriarcado y la violencia que conlleva su arraigo opera al nivel del poder y su sistema de privilegios, de la cultura, de las costumbres, de nuestros deseos y sexualidades. Algo que también está fuertemente enraizado a la estructura económica-consumista, siendo la publicidad uno de sus pilares, hoy material empírico para el análisis de los estudios de género.
¿Para qué sirven estos números? Para darnos cuenta que no son números sino personas, para entender que los femicidios son una realidad, que todos los días mueren mujeres, lesbianas, trans, bisexuales y no-binaries. víctimas de violencia por el solo hecho de ser mujer. El femicidio es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres. Es el asesinato cometido por un hombre que considera a la mujer como objeto y/o parte de su propiedad.
Por todo esto y por muchas cosas más que no entraron en este muestreo, un año más pedimos tomar conciencia y actuar en consecuencia para erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres, lesbianas, trans, bisexuales y no-binaries..
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Imagen: Florencia Di Tullio
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